Busque este tema y no estaba, habian unos pero q no hablaban de esto, y es sobre la tenencia de perros q pueden llegar a ser irresponsablemente peligrosos. El asunto esq en la tele sobre todo siguen dandole enfasis enq los pitbull y rottweiller (sobre otras razas) son perros asesinos y too el show, pero lo q no dicen son sobre los dueños, si el mate wea alimentaba bien a su perro, q xuxa era lo q le enseñaba al animal y para q lo tenia, como por ejemplo los traficantes q tenian un pitbull q lo utilizaban en contra de carabineros y q ataco a uno de ellos poco tiempo atras q lo dejo muy mal herido.
Los pitbull podrian llegar a sacarle una extremidad a un niño, todos los q tenemos estas razas sabemos deq son capaces, pero esto nunca pasaria si tu amas a tu animal, lo tratas como corresponde, cuidarlo, invertir dinero y tiempo en el, en sacarlo a correr, a pasear y todo eso, sin olvidar la buena alimentacion, sus vacunas, cuidarlo del mal tiempo, lavarle sus dientes, etc. si vas a tener un perro debes estar seguro de darle todos estos cuidados, si no, ahi es cuando suceden las trajedias, no lo puedes tener en un patio de 2x2 ni amarrado todo el tiempo, porq obviamente el perro se cansara, estresara y peor aun si lo golpeas, cualquier perro puede ser peligroso, un cocker, un san bernardo, un pastor, etc. pero la diferencia la hace la potencia de la mordida, es por eso el miedo sobre los pitbull y rottweillers.
A tener en cuenta q practicamente todas las listas de ataques caninos son encabesadas por los pastores alemanes, donde lo siguen el doberman y otros, pero el pit o el rott estan bastantes mas atras e incluso casi ni aparecen. Gente q utiliza perros para peleas, o para tirar pinta o simplemente porq en sus perros se ven reflejados como lamentablemente a ellos les guastaria ser, por su fisico y por el respeto q emiten.
Aqui les dejo el proyecto de ley de tenecia de animales potencialmente peligrosos, loreen:
Proyecto de Ley de Perros Potencialmente Peligrosos, agosto 2007
“Artículo 1º.- Son perros potencialmente peligrosos y, en consecuencia, quedan sujetos a las disposiciones de esta ley, los siguientes:
a) Aquéllos, cualquiera sea su raza, respecto de los cuales se acreditare que hubieren atacado a personas u otros animales. Se entenderá acreditado este hecho mediante una denuncia formulada ante la autoridad policial y sanitaria, en la que se haya dejado constancia del ataque, de la identificación del perro, de la identidad de sus dueños o tenedores y de las circunstancias en que se produjo, sin perjuicio de que se deba igualmente constatar las lesiones causadas.
b) Aquéllos, cualquiera sea su raza, que a juicio de la autoridad sanitaria muestren un comportamiento agresivo o inestable.
c) Aquéllos, cualquiera sea su raza, que hayan sido adiestrados para el ataque y defensa por sus dueños o por terceros.
d) Aquellos ejemplares, sin importar su edad, que pertenezcan a las siguientes razas, sean puros por pedigree, puros por cruza o mestizos: rottweiler, pit bull, dobermann, mastín napolitano, tosa japonés, dogo argentino, dogo de burdeos, bullmastiff, staffordshire, de presa canario, fila brasileiro y akita.
e) Los vagos, considerando como tales a todos aquellos que no se encuentren inscritos por sus dueños en el registro que se regula en el artículo 2°.
Un reglamento del Ministerio de Salud establecerá el protocolo que deberá adoptar la autoridad sanitaria para determinar el comportamiento agresivo o inestable de un perro, a que se refiere la letra b), así como también el procedimiento al que deberá ceñirse para tales efectos. Asimismo, dicha Secretaría de Estado deberá actualizar anualmente la nómina de las razas que quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley.
Se exceptúan de la aplicación de las normas contenidas en esta ley a los perros pertenecientes a las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública; a los que presten servicios en brigadas antidelitos, de búsqueda o de rescate o en organismos que cumplan labores de fiscalización, y a los perros lazarillos o de asistencia a que se refiere el Párrafo 2°, del Capítulo I, del Título IV de la ley Nº 19.284.
Artículo 2º.- Los animales señalados en el artículo anterior deberán ser inscritos por sus dueños en un registro público, y recibirán un carné, que los autoriza para su crianza, tenencia y para su desplazamiento en la vía pública.
Asimismo, al momento de su inscripción, sus dueños deberán suscribir un seguro de responsabilidad civil por los daños que el perro pueda ocasionar a terceros. Una copia de la póliza deberá ser archivada en la entidad administradora del registro.
Artículo 3°- Los dueños y tenedores de los perros a que se refiere el artículo 1°, deberán acreditar, al momento de inscribirlos en el registro público, mediante un certificado expedido por un médico o psicólogo, que no padecen de alteraciones conductuales que puedan manifestarse en un comportamiento agresivo, violento o descontrolado que sea susceptible de influir negativamente en la conducta del perro.
Asimismo, tendrán la obligación de someter a estos animales a clases de adiestramiento de obediencia, que serán impartidas por instructores calificados para desempeñar tal función, cuya nómina será actualizada anualmente a nivel regional, de conformidad con lo que establezca el reglamento a que se refiere el inciso segundo del artículo 1°.
Artículo 4º.- Los perros potencialmente peligrosos deberán ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. Un reglamento determinará las características técnicas de seguridad, altura, consistencia y distancia de las calles u otros espacios públicos y la forma en que deben ser señalizadas, si fuere menester.
Artículo 5º.- Los perros regulados por esta ley deberán ser siempre conducidos en los espacios públicos, incluyendo los bienes nacionales de uso público u otros espacios urbanos y bienes comunes de los inmuebles sujetos a la ley Nº 19.537, sobre copropiedad inmobiliaria, debidamente atados y con un bozal. La correa y el bozal deberán ser proporcionales en cuanto a tamaño y resistencia, con la condición física del animal.
Artículo 6º.- En caso de grave e inminente riesgo para la integridad y salud de la población, el juez de policía local correspondiente, podrá disponer el sacrificio de ellos mediante métodos indoloros, o la entrega del animal a una institución de protección animal o a una persona que ejerza labores de cuidador, el que asumirá su tenencia, custodia y responsabilidad por los actos del can en conformidad a la presente ley.
Artículo 7º.- Las personas naturales y jurídicas que se dediquen a la crianza o al entrenamiento de estos perros, quedarán también sujetas a las normas de esta ley.
Artículo 8º.- Será competente para conocer de las infracciones de esta ley el juez de policía local correspondiente, donde se hubiere producido la infracción quien podrá aplicar las siguientes sanciones.
a) Multa de 1 a 20 unidades tributarias mensuales para los dueños o tenedores de los animales, que podrá ser conmutada por trabajos de servicio a la comunidad, en las condiciones que el juez determine.
b) Multa de 5 a 50 unidades tributarias mensuales, clausura temporal, hasta por tres meses y clausura definitiva, por infracción a las obligaciones impuestas a las personas naturales y jurídicas dedicadas a la cría, cruce y adiestramiento de esta clase de animales.
Artículo 9°.- Se aplicarán las penas a que se refieren los artículos 490 y 491 del Código Penal al dueño o tenedor de un perro que, por negligencia o imprudencia de su parte, produjere afecciones a la vida o salud individual de una persona.”.
Notece q no aparece el pastor ni otros, porq??? "vaiga a saere uno:
ya cauros no los webeo mas, juzguen uds mismos, ojala tomen conciencia los q tienen mal catalogados a estas razas, y los q tenemos uno de estos, cuidenlos y tratenlos como lo q realmente son, sus mejores amigos,
contestando la pregunta sin duda: dueños aweonaos.
lamentable existe gente que piensa que una mascota es un adorno, un simbolo, o un juguete y no se dan cuenta que aparte de la alimentacion, y el afecto es importante de darse el tiempo de ejercitarlos, sociabilizarlos y educarlos. y peor aun hay algunos que se lo compran sin tener experiencias previas con perros.
Estas razas "problematicas" como dogos, rott, apbt, akita no pueden ser criados por dueños con poco caracter y permisivo que les permita por ejemplo subirse al los sofa, a las camas, o que coman primero que el dueño, o que entre y salga de una habitacion primero que el amo etc.
Tampoco pueden ser criados por personas que los golpeen, o le griten o los asusen para la pelea o realizen juegos de dominio o peor aun pasen todo el dia amarrado o encerrado sin ver otras personas o perros
El Problema simplemente de estos perros es que tienen una potencia de mordida muy alto por lo tanto los daños que producen son mayores, acaso alquien de este foro no a conocido a alguien que no lo halla mordido un perro, pero no es lo mismo que te muerda un cocker o un foxterrier (que son razas muy mordedoras) que te muerda un fila brasileño o un rottwailer)
por ultimo un ejemplo de como son los malos dueños los que hacen malos perros es el caso del pitbull sin embargo pocos saben que los criadores de USA sacrificaban los ejemplares con alta agresividad para mantener un estandar de la raza, por lo tanto un APBT es geneticamente no agresivo. Fa aparicion de perros agresivas se debe fundamentalmente a que inescrupulosos los ocupaban en peleas clandestinas o no sabian educarlos.
decir que existen perros asesinos, o vicious dogs como le dicen en usa, es casi decir que la naturaleza es mala, cuando eso es imposible ya que la naturaleza simplemente es, el perro es un perro y se comporta como tal, el perro solo reacciona a los estimulos de su entorno.
No va por sancionar a ciertas razas, va por crear un cambio en la cultura y en la sociedad.
y yo insisto que a mi me han mordido miles de veces fox terriers y poodles, pero ningun pitbull y nunca eh aparecido en las noticias por eso. Dueños irresponsables y medios inescrupolosos, son los culpables de "perros asesinos".
Tampoco es bueno generalizar porque cuantos dueños hay con akitas, rot, doberman, apbt, staff, o cualquiera de esas razas, y cuantas noticias vemos de ataques, o sea no nos dejemos influenciar por lo que nos muestran tambien no caigamos en lo mismo que el resto
desde un tiempo hasta ahora trabajo en un centro de adiestramiento canino y me ah tocado estar cerca de perro declarados de razas peligrosas, que son de lo mas cariñosos.
¿por que?
por que están criados de esa manera con cariños y no son entrenados para peliar o para atacar por instinto.
estos perros deberían ser obligaría mente entrenados en un centro especializado y ser prohibidos para weones con problemas de personalidad, problema que tienen muchos de los dueños de estos perros.
Lejos => DUEÑOS AWEONAOS
Tengo 2 hembras rott y son super inteligentes, obedientes y sociables (notese que las tengo para que me cuiden el negocio), nunca han atacado a alguien porque de bebes las inserte en mi mundo y las eduqué para que no den problemas.
Tambien tengo un macho rott, super bravo, lo recibí de 5 años y ya venía con sus hábitos, lo he ido educando de a poco y el perro se ha ido adaptando a mi sistema, pero como se que son perros peligrosos tomo todas las precauciones con el porque no quiero lamentar nada.
Tantos accidentes es consecuencia de la mala educacion de un grupo de compatriotas, el accidente que ocurrió hoy en Viña porque una niña se metio a una casa a sacar una pelota y ahi tenian el rott, donde estuvieron los padres de esa niña?, si la niña hubiera estado bien educada nunca se le hubiera pasado por la cabeza meterse a una casa saltandose la reja para sacar un juguete, sobre todo que en la casa habia gente.
De repente los dueños podemos ser responsables pero los que nos rodean no.
Tomemos conciencia y eduquemos nuestros perritos
es un tema de dueños irresponsables, yo salgo todos los dias a correr con mis rott.. por lo menos 3 horas diarias, siempre con correa... pero cada vez se hace más dificil pasear, por que los dueños de boxer, pastores alemanes y sobre todo labradores... se sienten con una libertad extraña de soltar a sus perros siempre y ni preocuparse de ellos, en el ultimo mes he tenido por lo meno 7 peleas con los vecinos por lo mismo... y lo peor de todo es que.. con la nueva ley... muchos de esos dueños quedan impunes, y son los perros de la calle los mas perjudicados... pues cualquiera puede llamar por telefono para que los lleven y los maten.
me dio flojera leer too lo q escribiste pero si son asesino los perros hay q matarlos porq donde lo van a dejar:
¿en la calle? va a morder a medio mundo
me dio flojera leer too lo q escribiste pero si son asesino los perros hay q matarlos porq donde lo van a dejar:
¿en la calle? va a morder a medio mundo
No era nesesario que lo dijeses, creo que con tu comentario todos en el foro se dieron cuenta.