Esa es una mezcla de materia sucesoria con patrimonial, pero que generalmente tiene como solución el saneamiento de la pequeña propiedad raíz, a través del Ministerio de Bienes Nacionales.
Básicamente, se requiere que tu señora suegra haya estado en el bien raíz por más de 5 años, creyéndose dueña (no importa que no lo sea) y ejecutando actos de tal (ampliaciones, reparaciones, etc.) y que el avalúo del bien esté dentro de ciertos márgenes (según el avalúo fiscal que me indicas, cumples ese requisito sobradamente).
Cumplidas ciertas formalidades, no obstante la posesión efectiva a nombre de uno o más herederos, tu suega adquiriría el bien y podría autorizarte legalmente ha verificar cualquier acto lícito sobre esa propiedad.
Te recomiendo que asistas a una Corporación de Asistencia Jurídica para que algún postulante lleve el saneamiento de forma gratuita.
Además, en el Ministerio de Bienes Nacionales también existe la posibilidad de gozar con beneficio pobreza por lo que, eventualmente, podría salir todo el trámite gratis.
Suerte y acude a la CAJ.