Embargar aún no, pero de que en un futuro no muy lejano puede suceder, puede suceder. Para el embargo, eso sí, hay que verificar varias etapas previas (entre ellas una notificación judicial) y varios otros tecnicismos que ahora son irrelevantes de mencionar.
Respecto a cambiarte de casa, eso es sólo evadir, pues hay métodos que tienen tus acreedores para notificarte aún sin que se sepa tú domicilio.
Te recomiendo que desde ya vayas desprendiéndote de tus bienes "vendiéndolos" a tus más cercanos mientras pasa el huracán que se puede venir en tu contra.
Con todo el respeto del mundo mi estimado, el hecho de que su mujer este enferma o embarazada, acá no es relevante y nadie lo va a tener en cuenta a la hora de demandarlo, embargarlo y rematarlo.
puta mi consulta es la siguiente desde enero no he pagado banefe ni otras deudas que tengo en casas comerciales,ya estamos en agosto ,no puedo pagar mas de 40 o 50 lucas ,pero los weones no quieren , me pueden embargar todavia?????, como puedo hacerlo me es dificil pagar ya que tengo una bebe de un año y medio y mi mujer se mejora a fines de septiembre y no esta trabajando,puedo traspasar las cosas a otra persona ?????no me a llegado ninguna notificacion solo weas de las empresas de cobranzas un weon me llama ala pega pero no lo pesco,me cambio de casa?? ya que arriendo,puta es dificil como lo hago ,reconozco lo que debo pero con mi señora embarazada y enferma me es dificil llevar la casa solo, puta gracias de antemano ,
Mi amigo,
Puedes repactar las deudas a lo que alcances a pagar, ahora si no puedes el embargo se ejecuta de la siguiente manera:
1º Pasado los 90 dias de notificación se considera que el deudor no tiene intención de pagar
2º En 15 dias se presenta en el juzgado de letras una solicitud
3º el actuario autoriza el ir a tu casa y tomar cuenta de todos tus bienes
4º Embargan
Pare evitar esto
1º Repactar en la casa comercial no en las empresas de cobranza
2º realizar un contrato de arriendo con inmuebles antes que te llege una notificacion del juzgado
3º Como te dicen mas arriba venta de inmuebles a tu señora si no estas casado con bienes comunes o un familiar, pero hazlo pronto y,
4º El cambiarte de domicilio te podría salvar del embargo ya que, no pueden realizar acciones penales, por ser delito civil... de echo cuando no se encuentra el propietario no pueden hacer nada más...
Espero te ayude men, y que el BB venga con una Marraquetota bajo el bracito....
si tienes mas dudas solo me cuentas
Hay varias cosas que se pueden hacer, pero muchas dependen de las condiciones en que puedas enfrentar el problema.
1.- La persona podría pedir un crédito de consumo, liquidar las deudas en todas las casas comerciales y concentrar todo en un solo acreedor, las cajas de previsión son las que conceden créditos con la tasa más baja, en la propia página web puedes hacer una simulación del crédito.
2.- Si llegase a reunir el valor neto de la deuda, podría esperar a que lo demandaran y realizar un pago por consignación, pero si son varios los acreedores, todo sería algo más complicado , y claro, hay que tener el valor neto de la deuda al momento en que presenten la demanda.
GRACIAS POR LA AYUDA CREO QUE LA MEJOR OPCION SERIA LA DEL CREDITO DE CONSUMO
UNA ULTIMA DUDA UNA CAJA DE PREVICINO NO ES LO MISMO QUE UNA CAJA DE CONPENSACION ?
¿Como lo hago? Tengo una Fiorino y fui a la revision tecnica de las nuevas (PRT) en dnd pse al toque no me encontraron nada , yo feliz y los dias me falla el motor de la camioneta , el mecanico me dice q la pasaron de revoluciones en vacio y tiene un ruido en motor ,claro ese dia cuando le realizaban el analisis de gases el tipo me acelero mas de la cuenta , con decirte q los gases le llegaban hasta el parabrisas del auto q se encontraba detras de mi camioneta, fui a la planta y les dije lo q paso pero no tienen registro alguno, solo q salio aprobada , mi pregunta :¿como un vehiculo q pasa la revision tecnica falla a los dias despues, si salio aprobado? ¿q puedo hacer si ya fui a hablar con el encargado y no me dio solucion, ni se hace responsable? ¿Aquien acudo?
¿Como lo hago? Tengo una Fiorino y fui a la revision tecnica de las nuevas (PRT) en dnd pse al toque no me encontraron nada , yo feliz y los dias me falla el motor de la camioneta , el mecanico me dice q la pasaron de revoluciones en vacio y tiene un ruido en motor ,claro ese dia cuando le realizaban el analisis de gases el tipo me acelero mas de la cuenta , con decirte q los gases le llegaban hasta el parabrisas del auto q se encontraba detras de mi camioneta, fui a la planta y les dije lo q paso pero no tienen registro alguno, solo q salio aprobada , mi pregunta :¿como un vehiculo q pasa la revision tecnica falla a los dias despues, si salio aprobado? ¿q puedo hacer si ya fui a hablar con el encargado y no me dio solucion, ni se hace responsable? ¿Aquien acudo?
Mi amigo,
No me inidicas donde vives, pero debes saber que si tu auto, se encontraba en perfectas condiciones pasando la RT no es responsabilidad de ellos lo que te ocurra después de 48 horas. El unico ente fizcalizador de RT son el Ministerio de Transporte, o la superintendencia en caso de regiones....
Si con un documento de taller puedes comprobar que el vehiculo se encontraba en mal estado antes de pasar la RT puedes solicitar una inspeccion a dicha empresa, pero no ganas nada no creas que te van a devolver algo o que tu auto sera reparado.....Por lo que es responsabilidad tuya....
una consulta, e buscado informacion sobre el tema, pero no e encontrado nada, y no e tenido la oportunidad de hablar con un abogado, por eso aprovecho la oportunidad para que me quites la duda y me orientes sobre el proceso de cambio de nombre y apellido, que se necesita y que cosas debo hacer, me interesa cambiar sobre todo mi apellido, y en el caso de poder, me gustaria saber que requisitos existen con el apellido a elegir.
espero tu pronta respusta y agradesco tu tiempo desde ya.
Básicamente es una gestión voluntaria (no hay conflicto de por medio) que tú llevas en ante el juez de tú domicilio con el patrocinio de un abogado habilitado (o sea que requieres abogado, sea particular, sea por vía de las CAJ).
Muy básica y sucintamente el cambio de nombre procede en las causales que la ley señala (Ley 4.808), que entre otras reconoce que los nombres sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente o que el solicitante (o sea tú) haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, entre otras causales.
El proceso es medianamente simple abriéndose con la solictud correspondiente, de ella, luego se debe rendir información sumaria, para posteriormente publicarse extractada en el diario oficial y desde esa fecha (de la publicación) deben transcurrir 30 días sin que nadie se oponga. Si nadie se opone en ese plazo, el juez revisa los antecedentes, se oficiará al Registro Civil y dictará su sentencia la que deberá anotarse al margen de la correspondiente incripción en el Registro Civil.
Básicamente es una gestión voluntaria (no hay conflicto de por medio) que tú llevas en ante el juez de tú domicilio con el patrocinio de un abogado habilitado (o sea que requieres abogado, sea particular, sea por vía de las CAJ).
Muy básica y sucintamente el cambio de nombre procede en las causales que la ley señala (Ley 4.808), que entre otras reconoce que los nombres sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente o que el solicitante (o sea tú) haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, entre otras causales.
El proceso es medianamente simple abriéndose con la solictud correspondiente, de ella, luego se debe rendir información sumaria, para posteriormente publicarse extractada en el diario oficial y desde esa fecha (de la publicación) deben transcurrir 30 días sin que nadie se oponga. Si nadie se opone en ese plazo, el juez revisa los antecedentes, se oficiará al Registro Civil y dictará su sentencia la que deberá anotarse al margen de la correspondiente incripción en el Registro Civil.
Eso es básica y sucintamente.
esta bien.. creo que entendi... pero cuanto me costaria a mi economicamente todo esto, y si se puede realizar el cambio por motivos "personales"... o simplemente por que me perjudica laboralmente y economicamente?
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Agradecer es un incentivo para seguir compartiendo.
1) El costo: Gratis en una CAJ; alrededor de 200 mil pesos o 150 mil vía particular.
2) Respecto de "los motivos personales" que aduces, pues habría que subsumirlo en alguna de las causales de la ley, que no obstante ser taxativas (esto quiere decir que puedes cambiar tú nombre sólo por la causales que la ley señala y no por otras), son bastante amplias.
En palabras fáciles, habría que ver tú caso puntual y ver si tus motivos caen en las causales que menciona la ley de una u otra forma.
Si te causa pudor decir esos motivos, si gustas me lo planteas por privado y analizamos la situación más a fondo. Además, mi msn está en mi perfil.
Hola.. la pregunta es la sgte: los viejos de un amigo se separaron pero sólo de hecho, el viejo le manda $$$ pero la mamá de mi amigo piensa que el viejo puede mandar mas $$$ por su sueldo... si se divorcian legalmente la $ que da por alimentación es un porcentaje del sueldo??? y si es así cuanto es ese porcentaje?