El Gobierno, cumpliendo su compromiso de reponer la discusión del proyecto de Defensoría de las Personas, con fecha 2 de Marzo, presentó indicación sustitutiva al proyecto de reforma constitucional en curso, con instrucción de “discusión inmediata”, de modo que fuera analizado en comisión el día de ayer, martes 3.de Marzo.
El nuevo texto, más breve que los anteriores, buscó sintetizar las disposiciones constitucionales propuestas y recoger el mayor grado de adhesión posible, en vista de obtener, cuando se vote en Sala, el quórum constitucional de los tres quintos de los diputados en ejercicio. Cabe recordar que un proyecto anterior, en noviembre pasado, no alcanzó dicho quórum y hubo de ser archivado.
Debatido el nuevo texto en la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, los resultados fueron favorables, pues el texto presentado, salvo modificaciones menores, fue aprobado ayer por amplia mayoría, quedando el proyecto en condiciones de ser votado en Sala la próxima semana en la sesión del martes 10.
El principal contenido del proyecto es establecer en la Carta Fundamental la figura de la Defensoría de las Personas como ente autónomo, que "tendrá a su cargo la promoción, protección y defensa de los derechos y garantías asegurados en la Constitución Política de la República, en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y que se encuentren vigentes y en las leyes, ante los actos u omisiones de los órganos de la administración del Estado y de personas jurídicas de derecho privado que tengan alguna concesión del Estado u operen previa licitación, que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública, en los términos que establezca la ley orgánica constitucional respectiva".
Durante los debates, iniciados en enero 2008, se produjo consenso político en sentido de remitir a la ley orgánica constitucional aspectos sustanciales de una defensoría de las personas, tales como su organización, funciones y atribuciones. De este modo, el inminente pronunciamiento de la Cámara de Diputados será únicamente en relación al reconocimiento de la figura, forma de nombramiento (por la Cámara de Diputados), requisitos del titular y su responsabilidad institucional (similar a la del Fiscal Nacional).
El Capítulo Chileno del Ombudsman ha sido parte activa en todo este proceso y se congratula que varios de sus ya antiguos planteamientos se vean reflejados en el texto que se someterá a la decisiva votación. Ciertamente, hay carencias y aspectos a nuestro juicio menos logrados, pero lo fundamental, la consagración y definición constitucional de la Defensoría, es la tarea del momento. Ha pasado a ser un imperativo de ética política ante el retraso en que estamos y las sucesivas promesas formuladas a los ciudadanos de nuestro país y a la comunicad internacional.
Capítulo Chileno del Ombudsman
Mas info:
año 2003
año 2007
año 2008
año 2009
saludos