Compañero, vaya el COMPIN que haya en su región.
Los accidentes del trabajo que se llevan a la asistencia pública son un delito, porque estos weones le pagan a una mutualidad siempre (ley 16.744). Averigua la mutualidad a la que están adheridos (achs, mutual de seguridad de la cámara chilena de la construcción, isp) y llevales el caso a ellos también. si la obra aún está en ejecución, lleva a esa mutualidad hasta allá.
Pero, me queda una duda; me dices que la empresa es una inmobiliaria, las inmobiliarias siempre contratan a una constructora (que puede o no ser de los mismos dueños) y es la constructora la que emplea al trabajador, por lo que es la constructora la que debe asumir las acciones legales, tanto civilies como penales del asunto.
Trabajo en esto, soy prevencionista de constructora (pero yo si llevo a mis viejos a la mutual cuando se accidentan.)
Si te puedo ayudar en algo, mi mail es
nolo.manolo@gmail(.com)
A tu servicio, estos weones hacen que nosotros los prevencionistas quedemos como los malos de la película, si bien hay muchos colegas como el ñato, también habemos muchos que creemos en las condiciones justas de trabajo quienes en verdad hacen este país, la gente.