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Ley anti Leoncios: Ley de Acoso Laboral: esta es la lista de conductas que serán un delito en el trabajo

Myth

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El próximo 1 de agosto entrará en vigencia la nueva ley. Entre las modificaciones más importantes, está establecido que una sola conducta de acoso laboral es suficiente para presentar una denuncia contra un jefe o compañero de trabajo.

Ir al trabajo puede ser un infierno para muchas personas. Y es que hay quienes provocan que los ambientes laborales sean estresantes, agotadores e inmanejables. Sin embargo, el 1 de agosto entrará en vigencia la nueva Ley de Acoso Laboral —más conocida como Ley Karin— que busca terminar con la agresión, bullying y hostigamiento.

Y es que, para muchos, el panorama es desolador. Una encuesta realizada en 2023 por la empresa Vertical Hunter, reveló que el 70,1% de los entrevistados fue víctima de acoso laboral al menos una vez en su vida profesional.

Entre las formas de acoso más comunes, se registró el maltrato verbal o escrito, desprestigio frente a compañeros de trabajo, crítica destructiva, indiferencia de la jefatura y/o colegas y discriminación por raza, religión, género o ideología.

CONDUCTAS QUE SERÁN TIPIFICADAS COMO DELITO CON LA NUEVA LEY DE ACOSO LABORAL EN CHILE
Si bien la antigua Ley 20.607 ya hablaba del acoso laboral como “toda conducta que constituya agresión u hostigamiento reiterados, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otro u otros trabajadores”, esta nueva ley traerá modificaciones importantes.

Así lo reveló una nota de La Tercera, donde conversaron con expertos en legislación para explicar qué cambios comenzarán a regir desde el 1 de abril.

Según el académico y presidente del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso, Matías Rodríguez, las principales modificaciones que tendrá la Ley de Acoso Laboral son:

-Se eliminará la exigencia de reiteración de las conductas de hostigamiento del concepto legal de acoso laboral. Es decir, bastará con un solo evento para que un acto se considere acoso laboral.

-Se incorporará el concepto de violencia laboral y se extenderá la protección a trabajadores frente a acciones de terceros ajenas a la empresa, como clientes o proveedores.

-Se implementará un protocolo que regula la identificación de riesgos y medidas de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.

-Se perfeccionará el procedimiento de investigación y sanción de acoso sexual y se ampliará para incluir el acoso laboral y la violencia.

En esta línea, el académico de Derecho de la Universidad de La Serena, Germán Solís, en conversación con LT indicó que estos serían ejemplos de conductas sancionables como acoso laboral:

-El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.


-Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.

-Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.

-Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.

-Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.

-Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.

-No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.

-Asignar tareas degradantes a un trabajador.

-Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.

-Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.

-Tratar a un trabajador como si no existiera.

-Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.

-Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.

-Hacer parecer estúpido a un trabajador.

-Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.

-Mofarse de las discapacidades de un trabajador.

-Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.


-Mofarse de la vida privada de un trabajador.

Con la nueva ley, bastará con que se efectúe una de estas conductas para que se pueda hacer una denuncia por acoso laboral, en comparación a la ley actual que exige que esta se reitere en el tiempo.

Además, el delito no se limita a la relación entre jefe y subordinado, sino que puede ser de manera horizontal entre compañeros de trabajo.

Se vienen falsas denuncias de minas feminazis o despechadas :resiconf:

Vamos directo a esta wea :

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"En esta línea, el académico de Derecho de la Universidad de La Serena, Germán Solís, en conversación con LT indicó que estos serían ejemplos de conductas sancionables como acoso laboral:

  • El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Mofarse de la vida privada de un trabajador.
Con la nueva ley, bastará con que se efectúe una de estas conductas para que se pueda hacer una denuncia por acoso laboral, en comparación a la ley actual que exige que esta se reitere en el tiempo."



Bueno, tendrán que tener cámaras para que graben toda conversación, por que todo eso puede ser tergiversado.
 
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En esta línea, el académico de Derecho de la Universidad de La Serena, Germán Solís, en conversación con LT indicó que estos serían ejemplos de conductas sancionables como acoso laboral:

  • El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Mofarse de la vida privada de un trabajador.
Con la nueva ley, bastará con que se efectúe una de estas conductas para que se pueda hacer una denuncia por acoso laboral, en comparación a la ley actual que exige que esta se reitere en el tiempo.
Se agradece :hi:

:monomeon: @Myth
 
estos serían ejemplos de conductas sancionables como acoso laboral:

  • El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera

:zippylol2: mundo culiado
 
Estamos en unos tiempos absolutamente ridiculos, con una hiper-sensibilidad en donde todo es considerado acoso y ofensivo.

Hay leyes que regulan y prohiben prácticamente cualquier comportamiento humano, las sociedades cada vez son menos libres. y los aweonaos ni cuenta se dan.

Que tiren luego una bomba a esta caga' de civilización occidental.
 
Estoy de acuerdo con poner freno a los negreros... Pero que chucha esos ejemplos que da el jurista, la mayoría ni siquiera se podrían considerar ofensivos, y ni siquiera es solo contra la jefatura. Con esta ley habrá un festival de denuncias, sobre todo entre las maracas trabajadoras de la salud.
 
Te ahorro un click...

"En esta línea, el académico de Derecho de la Universidad de La Serena, Germán Solís, en conversación con LT indicó que estos serían ejemplos de conductas sancionables como acoso laboral:

  • El superior restringe a un subordinado las posibilidades de hablar.
  • Cambiar la ubicación de un trabajador separándolo de sus compañeros.
  • Prohibir a los compañeros que hablen a un trabajador determinado.
  • Obligar a alguien a ejecutar tareas en contra de su conciencia.
  • Juzgar el desempeño de un trabajador de manera ofensiva.
  • Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
  • No asignar tareas a un trabajador, asignarle tareas sin sentido o asignarle tareas muy por debajo de sus capacidades.
  • Asignar tareas degradantes a un trabajador.
  • Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
  • Rehusar la comunicación con un trabajador a través de miradas y gestos, no comunicarse directamente con ella o no dirigirle la palabra.
  • Tratar a un trabajador como si no existiera.
  • Criticar permanentemente la vida privada de un trabajador.
  • Terror telefónico llevado a cabo por el acosador.
  • Hacer parecer estúpido a un trabajador.
  • Dar a entender que un trabajador tiene problemas psicológicos.
  • Mofarse de las discapacidades de un trabajador.
  • Imitar con burla los gestos y voces de un trabajador.
  • Mofarse de la vida privada de un trabajador.
Esa es la única wea razonable (y tal vez la que atañe a los problemas psicológicos), todas las demás son pura mierda.

Es gravísima esta wea, no sé si algunos dimensionen el nivel de cagá que pueden dejar con esto. Literalmente no vas a poder decir nada a los wns que tengas contratados o sino te ganas una demanda :lol3: Y no, no es como en Suecia. En Suecia los primeros en andar apretando y callampeando a los wns flojos son los sindicatos ... desconozco como será en Francia y Canadá (otros países progres) pero dudo que tengan leyes para regular LOS GESTOS que puedes hacer dentro del mundo laboral :suicide:
 
Ya pero quién se encargará de investigar estos hechos? Como se comprobará el "bullying" que te pueda hacer un compañero por pelarte?

Es cosa de tener un par de testigos y la empresa va a tener que indemnizar???

Yo como trabajador agradezco por lo menos que hoy desde la primera situación de acoso uno pueda denunciar. Ahora también leyendo lo demás, si fuera un weon malo pa la pega, tengo 15 maneras distintas de extorsionar a mi empleador para sacarle lucas ahorrandole la denuncia por acoso laboral.
Está fome la wea.
 
Yo renuncie hace mucho tiempo al banco, era ejecutivo de cuenta del banco Santander, pero era un infierno, tenía que estar de las 9 a las 14 horas atendiendo a los cuenta correntistas, y había gente que no me dejaba trabajar, porque el cliente pedía información que no estaba en mi plataforma de datos, y debía solicitar a informática y los hueones por no querer trabajar porque ya para ello la una de la tarde era hora de ir almorzar cuando era las 2 pm, y los debía acusar a mi supervisor para que remitiera una queja al departamento de informática, la cosa era aserruchar pisos para echarte la culpa a uno de mala gestión, si caias te echaban y dejaban el puesto vacante al amigo de informática, que andaba buscando pega.

¿Cual era lo entretenido?, que yo tenía acceso al registro civil porque este organismo vende base de datos al banco, y está en linea, entonces yo ponía la clave, y luego el rut, y sabía todo de la persona, hasta quienes eran sus tatarabuelos, manejan información la ascendencia genealógico hasta del siglo XIX, puedes de quién era sus hermanos, tios, primos todas la rama familiar, si estaban fallecidos donde fallecieron, y hay un informa más profundo que tiene datos si está difunto y en que cementerio está enterrado y número de tumba, son los datos más nuevo, por eso el delito de exhumación ilegal tiene severas penas de cárcel, porque debe quedarse para pruebas forenses y medicina legal, en caso de estudio de adn, conflictos de idetificación, paternidad, etc. El registro civil es uno de los organismos más poderosos que existe, junto al diario oficinal y el SII, saben todo de una persona, eso era lo entrenido sapear en horas libres.

Pero estar de los 9 a las 2 atendiendo gente, y después de las 3 a las 6 pm para trabajo interno administrativo era una lata, así que me fui y comencé mi negocio de vender cosas en mercado libre importar desde china, estoy en mi casa tranquilo, en una oficina en el patio con una bidega, y nadie me reta..°°
 
Yo en mis pegas he visto weonas llegando curadas y drogadas, weones negando hacer un trabajo por que "era mucha pega" y csm que se negaron a volver a la oficina por que "trabajaban mejor desde la casa"...el jefe les llamo la atención y lo acusaron con :monomeon: RRHH por hostigamiento.

No me quiero imaginar cómo sera el abuso ahora.
 
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